El Supremo confirma la prisión permanente revisable para un condenado por dejar morir a su pareja diabética y grabar su agonía

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Además de la pena por asesinato, la Audiencia de Barcelona le impuso cárcel por maltrato habitual

Imagen del juicio
Imagen del juicioTSJC

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de un condenado a prisión permanente revisable por dejar morir a su pareja de un coma diabético y y grabar su agonía con el teléfono móvil, sin ayudarla, en la vivienda de ella de Viladecans en 2019. La Audiencia de Barcelona lo condenó a esta pena por un delito de asesinato además de dos años y medio por varios delitos de maltrato habitual de violencia de género y otro la intimidad por los vídeos que grabó de la víctima sin su permiso. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirmó la sentencia y ahora el Supremo ratifica la decisión.

El condenado inició una relación sentimental, sin convivencia, con la víctima, entre febrero y marzo de 2019, y que, poco a poco, se impuso a ella, controlándola y menospreciándola en público y en privado, haciendo que ella se sintiera inferior, y manteniendo varias discusiones en las que la mujer fue agredida por él. El condenado sabía que su pareja sufría diabetes y que era insulinodependiente, que necesitaba inyectarse el fármaco a diario. La noche del 17 de junio de 2019 la mujer se encontraba mal y lo llamó por teléfono para que fuera a su casa a ayudarla. Cuando él llegó a la casa, según los hechos probados, se encontró a la víctima muy deteriorada físicamente, con dificultades para respirar y sin articulación motora, lo que le impedía hacer nada por sí misma.

El hombre se dio cuenta de que necesitaba que alguien la auxiliara, sin embargo, no le prestó ayuda y hasta las 3:39 horas del día 18 contempló cómo “la mujer se iba deteriorando cada vez más, perdía la conciencia y se le iba apagando la vida”, y mientras la contemplaba, los sufrimientos de la mujer fueron en aumento hasta sufrir una hiperglucemia que le provocó un fallo multiorgánico y la muerte.

La sentencia remarca que la víctima no hubiera muerto si el agresor hubiera llamado a los servicios de emergencias médicas y si no hizo nada por ayudarla “fue porque quería que se produjera la muerte de ésta, o porque preveía que se podía producir y le daba igual que se muriera”. Mientras agonizaba y sin permiso de la mujer, el condenado grabó con el teléfono móvil 15 vídeos del deterioro de su pareja para mostrar las imágenes a terceros y hacerles ver en algunas secuencias que se disponía a ayudarla. De ese modo, intentó construirse una coartada por si se ponía en marcha una investigación sobre los hechos, según el tribunal.

El Supremo remarca el ensañamiento del condenado ya que quiso aumentar de forma deliberada e inhumana del sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios. “El comportamiento vejatorio, humillante y brutal, causante de esos daños psíquicos acreditados, no era necesario para asegurar la muerte, sino que solo sirvió para aumentar deliberadamente el sufrimiento que durante su larga agonía padeció la víctima”, remarca el tribunal que también destaca que la víctima era una persona especialmente vulnerable por su enfermedad.

Source: elmundo.es