La Junta de Castilla y León, condenada a pagar 150.000 euros por retirar a una madre la custodia de sus dos hijas tras un forcejeo por el móvil

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a indemnizar con 150.000 euros a una madre y sus hijas por los daños ocasionados a raíz de una retirada de tutela injustificada.

La afectada, de origen búlgaro, llegó a España hace más de 20 años y fue madre soltera de dos niñas mellizas nacidas en Madrid en el año 2003. En septiembre de 2015, solicitó la ayuda de los servicios sociales de Ávila, donde trabajaba y vivía con sus hijas, a fin de participar en un programa de intervención familiar que la ayudara a establecer con ellas, entonces de 12 años, una relación de parentalidad positiva, según la información de Fundación Raíces.

Durante meses el programa, consistente en recibir apoyo de una orientadora familiar que visitaba a la familia en su domicilio, se desarrolló con total normalidad, hasta que, una noche a finales de enero de 2016, se produjo una discusión entre la madre y una de las preadolescentes por causa del uso del teléfono móvil, que terminó en un forcejeo por el dispositivo.

Las dos hermanas, por indicación de su madre, relataron este incidente en una de las sesiones que las niñas mantenían a solas con la persona de servicios sociales que intervenía semanalmente con la familia.

Declaración de desamparo

Tras esta narración, sin ninguna intervención más, el programa de intervención familiar quedó interrumpido, hasta que tres meses después, el 12 de abril de 2016, sin previa notificación ni información al respecto, trabajadores sociales de la Consejería, auxiliados por agentes de la Guardia Civil, se personaron en el domicilio familiar y en el mismo acto notificaron la resolución administrativa de la declaración de desamparo de las niñas y se las llevaron, en contra de su voluntad, a un centro residencial de menores a 80 kilómetros aproximadamente de su domicilio.

Según la sentencia del TSJ, esta decisión de la Consejería se tomó sin que conste “ninguna audiencia con la madre, ni se la pidió aclaración o explicación, ni tan siquiera se explicó nada a las menores”. Añade el fallo que “lo oportuno hubiera sido volver a reunirse con la madre, valorar tras su explicación lo que había pasado y tomar las decisiones oportunas con un mayor refuerzo de la intervención familiar o valorar el interés prioritario de las menores; no obstante, esta audiencia no tuvo lugar en ningún momento, ni una explicación a las menores de lo que podía llegar a ocurrir”.

El TSJCyL aprecia “una actuación precipitada y desproporcionada de la Administración” y recuerda que los “Programas de Intervención Familiar son programas específicos de apoyo a familias cuyo objetivo es preservar la integridad de la familia evitando una separación de ella de los niños” y que conforme a la ley “las niñas de 12 años, tendrían que haber sido escuchadas previa explicación de lo que podría ocurrir, teniendo en cuenta que es muy traumático separar a dos niñas de su madre”.

Desde el primer día, madre e hijas lucharon contra esta decisión. A través de un conocido encontraron a Fundación Raíces y esta entidad asumió la defensa letrada del caso poniendo a disposición de la madre a uno de sus abogados y reclamando el derecho de las niñas a ser oídas y a que, mediante el nombramiento de un defensor judicial, que recayó en otra abogada de la asociación, las hermanas pudiesen defender sus intereses.

En el seno del proceso civil contra la retirada de la tutela interpuesto por Fundación Raíces, el fiscal, tras escuchar a las partes, se opuso a la decisión de la Administración, llegando a afirmar que “no existía ni un solo dato de desprotección, que la Administración había actuado con una desproporción abismal, que el acogimiento residencial es el peor de los recursos de protección y que las menores están con su madre bastante mejor que con la Administración”.

Un año después de ser separadas, el Juzgado de Primera Instancia de Ávila, acordó mediante sentencia estimatoria que las niñas retornaran con su madre al hogar familiar de donde habían sido sustraídas sin explicación ni justificación alguna. El retorno se produjo el 6 de abril de 2017.

Durante su estancia en el Centro de Menores, las niñas relataron haber sufrido agresiones por parte del personal, causando todo ello gravísimos daños físicos y morales a las niñas y a la madre.

En este sentido, el TSJCyL ha considerado acreditado “que las visitas fijadas a la madre fueron extremadamente limitadas, un día una hora al mes” y que “tampoco consta que se revisara el plan del caso dando a la madre más posibilidades de visita, o mayores contactos familiares o al menos que se tuviera más en cuenta el deseo de las niñas de retornar a su hogar, y no mantenerse en el centro cuya estancia provocó en ellas perjuicios y daños morales acreditados”.

SEPARACIÓN VIVIDA COMO UN “SECUESTRO”

El Tribunal ha tenido muy en cuenta la declaración judicial de las propias menores afectadas, destacando que ellas afirmaron el “trauma” que les supuso la actuación administrativa, que vivieron como “un secuestro” y con ello, concluye el TSJ, que “en cuanto a los daños morales, constan acreditados en forma de inadaptación de las niñas, aislamiento, comportamientos de rabia e ira, dolores de cabeza, de espalda, dormir fatal…etc”.

Pese a tratarse de niñas que tenían buena salud física y mental, tuvieron que ser atendidas por problemas de pérdida de peso y de salud mental, sufrir cuadros de ansiedad e incluso guardar reposo y desarrollo de anorexia. Empeoró el absentismo escolar y el desinterés y empeoramiento de sus calificaciones.

En consecuencia, el Alto Tribunal castellanoleonés ha determinado condenar a la Administración autonómica a pagar una indemnización de 50.000 euros para cada una de las reclamantes.

La madre de las dos menores lamenta que la experiencia vivida como la más dolorosa de su existencia. “Es la impotencia de verte arrollado por un sistema poderoso que funciona contra ti, que no eres nadie, ha sido como David contra Goliat, darte cuenta de que por mucho que luches estás perdido. Todos me avisaron de que de ahí no salía nadie, porque es la Administración Pública, yo pensaba que estaba ahí para ayudar a las personas vulnerables, ¿es su función no?, pues no fue así”.

Una de sus hijas, por su parte, advierte de que la gente no es consciente del impacto que supone separar e internar a un menor en un centro, algo que no ha dudado en calificar como un auténtico “secuestro”.

“No creo que haya otro término para lo que hacen, te arrancan de un ambiente conocido y seguro, como es la familia y la escuela, y te llevan a un ambiente hostil y desconocido, haciéndote sentir inseguro y vulnerable y todo esto lo que genera es un estrés inmenso, miedo y un enorme desconcierto, pues en ningún momento nos explicaron qué es lo que estaba ocurriendo”.

En opinión de su otra hermana, el trato que recibe un menor en un centro “no se aleja del trato que puede recibir el ganado en una ganadería, al fin y al cabo eres el trabajo del personal del centro, y te acabas sintiendo como un número más, como la propiedad de la administración, sin voz ni voto”.

La presidenta de Fundación Raíces, Lourdes Reyzábal, se felicita de que tras un año lograron que las niñas pudieran volver con su madre y, tras seis años, se ha reconocido ahora que la actuación de la Administración vulneró sus derechos.

“Pero no puedo dejar de pensar que en nuestro país, pues miles de familias se enfrentan a situaciones semejantes porque nuestra legislación, a diferencia del resto de Europa, permite que el procedimiento de retirada de tutela se lleve a cabo mediante un procedimiento administrativo y no judicial, que no ofrece las suficientes garantías ni a los propios niños y niñas ni a sus familias, que ven su familia rota por un mero informe de los servicios sociales”.

Source: elmundo.es

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