Los funcionarios denuncian la falta de “instrucciones claras” y formación para aplicar desde mañana la Ley Trans

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Actualizado

El sindicato CSIF critica que a 24 horas de entrar en vigor “no están preparados” / Justicia enviará hoy a los registros una circular con información

Irene Montero posa con la bandera trans después de aprobarse en el Congreso.
Irene Montero posa con la bandera trans después de aprobarse en el Congreso.DANI GAGOUNIDAS PODEMOS

A 24 horas de la entrada en vigor de la Ley Trans, los funcionarios denuncian que aún no tienen “las instrucciones oportunas, los formularios ni la formación necesaria” para asistir de manera adecuada a las personas que acudan a partir de mañana al Registro Civil para iniciar el procedimiento para cambiar su sexo registrado. Aseguran estar empezando a recibir las primera consultas pero no estar “preparados para atenderlas”.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), el sindicato mayoritario en la Administración, reclama “instrucciones claras” al Ministerio de Justicia para poder aplicar de forma “correcta” la nueva ley, que ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que partir de mañana reconocerá la autodeterminación de género para las personas trans. De modo que podrán cambiar su género a todos los efectos legales sin informes médicos ni dos años de hormonación, dos requisitos que se exigían hasta ahora.

La queja de los funcionarios tiene que mucho ver con el papel relevante que les da la Ley Trans el procedimiento, que se regula en el artículo 44. “La persona encargada del Registro Civil informará a la persona solicitante de las consecuencias jurídicas de la rectificación pretendida, incluido el régimen de reversión, así como de las medidas de asistencia e información que estén a disposición de la persona solicitante a lo largo del procedimiento de rectificación registral en los ámbitos sanitario, social, laboral, educativo y administrativo, incluyendo medidas de protección contra la discriminación, promoción del respeto y fomento de la igualdad de trato. Igualmente, pondrá en conocimiento de la persona legitimada la existencia de asociaciones y otras organizaciones de protección de los derechos en este ámbito a las que puede acudir”, dice este punto de la norma.

Es por ello que CSIF subraya los problemas de la falta de información. La ley, explica en una nota de prensa, “es técnicamente compleja a efectos de Registro y concede al empleado público una participación activa atendiendo las demandas de información y las consecuencias jurídicas”. En la comparecencia, ahonda el sindicato, “el trabajador del Registro Civil debe informar de las consecuencias jurídicas de la rectificación”. Y ahora mismo los funcionarios carecen de toda esa información ni de instrucciones concretas al respecto.

Justicia: habrá una circular hoy

Fuentes del Ministerio de Justicia señalan a este diario a lo largo del día de hoy se hará una circular con la información al respecto, que tiene que facilitarles primero el Ministerio de Igualdad, donde se explicarán entre otras cosas, las consecuencias jurídicas de la ley. “Se facilitará una información mínima hoy a los registros civiles para que dispongan de ella mañana, día de entrada en vigor, sin perjuicio de seguir trabajando en su mejora”, recalcan estas fuentes.

En cuanto a otros aspectos del procedimiento, el departamento que lidera Pilar Llop asegura que los registros están preparados porque realizan rectificaciones registrales de sexo desde 2007. “La única novedad que se introduce ahora en el procedimiento, en la práctica, simplifica el proceso al no tener que presentar las personas interesadas en este cambio documentación acreditativa de ningún tipo”, dicen las fuentes consultadas.

Doble vuelta

El procedimiento para que una persona trans cambie su género en el Registro Civil se hace con una doble comparecencia. En la primera se presenta la solicitud para rectificar la mención registral del sexo. Luego será citado en un plazo máximo de tres meses para ratificar esa solicitud y elegir, si quiere, un nuevo nombre. “Reiterada y ratificada nuevamente la solicitud, la persona encargada del Registro Civil, previa comprobación de la documentación obrante en el expediente, dictará resolución sobre la rectificación registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia”. Por tanto, en un periodo máximo de cuatro meses se habrá completado.

Esto para personas mayores de 16 años, para quienes la libre autodeterminación de género es completa. Los menores de esa edad deberán cumplir otros requisitos. Los de 12 y 13 años tendrán que pasar por un juez. Los de 14 y 15 años tendrán que hacer el trámite en el Registro Civil con la asistencia de sus padres para demostrar que tienen su permiso.

Source: elmundo.es